¿QUIERES VENDER UN TERRENO PARA TENER LIQUIDEZ O COMPRAR UN LOCAL PARA EMPRENDER UN NEGOCIO? ESTO TE INTERESA.
En el artículo Impuestos por comprar y vender un inmueble vimos que, cuando una persona compra un inmueble, debe de pagar el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), el cual es determinado y recaudado por las distintas entidades federativas. Este puede ir de 2% a más de 5% y se calcula sobre el valor más alto de la operación.
Impuesto al vender un terreno
Ahora bien, ¿qué es lo que pasa al vender un terreno con uso de suelo habitacional? la venta de un terreno nunca está exenta de ISR. El contribuyente solo puede exentar la venta de una casa habitación cada tres años.
“Si yo vendo un terreno, necesariamente un notario debe realizar un cálculo que prevé la Ley del Impuesto Sobre la Renta aplicando ciertas tarifas bajo una regla: entre más gana una persona, más paga sobre ISR.
Veamos dos ejemplos:
Caso 1
Pedro compró un terreno hace tres años por un millón de pesos y ahora tiene una emergencia económica, por lo que decide vender su terreno en el mismo precio.
“Tan solo por los años que han transcurrido desde que compró, lo que pagó de escrituras, los costos de adquisición y las deducciones van a ser mayores al precio en que venta. Ante este escenario, al vender -y aún cuando se tiene un ingreso de un millón de pesos-, las deducciones son mayores y no tiene por qué pagar impuesto porque tiene una pérdida fiscal”.
Caso 2
Pedro cambia de opinión y decide vender su terreno en un millón 500 mil pesos. Lo hace y, aún con deducciones, tiene una ganancia de 300 mil pesos.
“Los valores ajustados y las deducciones llevan a que, el millón que Pedro pago hace dos años, ahora se haya convertido en un millón 200 mil pesos. Como gana 300 mil pasos en la operación de venta, solamente sobre esos 300 mil se deberá hacer el cálculo y el pago del ISR pago provisional por venta de bienes”.
Impuesto en la compra de un inmueble de uso comercial
Cuando se trata de la compra de una oficina, un local comercial, una fábrica, etcétera, además de la escrituración y el ISR a cargo del vendedor, el comprador tiene la obligación de pagar el Impuesto al Valor Agregado(IVA), que es del orden, siempre de 16% sobre el valor de las construcciones no destinadas a uso habitacional.
Es importante que no te dejes llevar por la creencia de que es un servicio demasiado costoso o tardado, pues cuando un notario interviene en una operación traslativa de domino de inmuebles, más de 85% de lo que cobra en una escrituración se destina al pago de impuestos, derechos y contribuciones locales y federales.